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EMTUSA declara su compromiso en el establecimiento y desarrollo de políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo, así como en el impulso y fomento de medidas para conseguir la igualdad real y efectiva en el seno de nuestra organización, estableciendo la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio estratégico de nuestra Política Corporativa, de Recursos Humanos y Responsabilidad Social, de acuerdo con la definición de dicho principio que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

En todos y cada uno de los ámbitos en que se desarrolla la actividad de esta compañía, desde la selección a la promoción, pasando por la política salarial, la formación, las condiciones de trabajo y empleo, la salud laboral, la ordenación del tiempo de trabajo y la conciliación, asumimos el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, atendiendo de forma especial a la discriminación indirecta, entendiendo por ésta “la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros, pone a una persona de un sexo en desventaja particular respecto de personas del otro”.

Los principios enunciados se llevarán a la práctica a través de la implantación del Plan de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres de EMTUSA lo que supondrá mejoras respecto a la situación actual, arbitrándose los correspondientes sistemas de seguimiento, con la finalidad de avanzar en la consecución de la igualdad real entre mujeres y hombres y por extensión, en el conjunto de la sociedad.

Para llevar a cabo este propósito, este pasado lunes 25 de Enero, se ha constituido  la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad de EMTUSA, donde de forma paritaria se encuentra representada la Dirección de la Empresa y  la Representación Legal de las personas que integran la plantilla de EMTUSA, a través de su Comité de Empresa, las partes intervendrán en todo el proceso de desarrollo y evaluación de las mencionadas medidas de igualdad, tal y como establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación y el reciente Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro.

El proceso contará también con la intervención de una consultora experta que asesorará y conducirá los desarrollos previstos.

Los principios enunciados se llevarán a la práctica a través de la implantación del Plan de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres de EMTUSA lo que supondrá mejoras respecto a la situación actual, arbitrándose los correspondientes sistemas de seguimiento, con la finalidad de avanzar en la consecución de la igualdad real entre mujeres y hombres y por extensión, en el conjunto de la sociedad.

Respecto a la comunicación, tanto interna como externa, se informará de todas las decisiones que se adopten a este respecto y se proyectará una imagen de la empresa acorde con este principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.